El Día Mundial contra la Pena de Muerte fue establecido por una asociación de ONG, la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte, en 2003. Fijado para el 10 de octubre, el objetivo de este día es recordar a la comunidad internacional que debe instar a todos los Estados a abolir el uso de la pena de muerte [1]. En esta ocasión, el GICJ reafirma su posición contra esta práctica inhumana y pide a todos los Estados que respeten sus obligaciones internacionales.


Por Loïc Dorthe / GICJ 

Traducido por Juanita Beltrán Bayona / GICJ

El Día Mundial contra la Pena de Muerte fue establecido por una asociación de ONG, la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte, en 2003. Fijado para el 10 de octubre, el objetivo de este día es recordar a la comunidad internacional que debe instar a todos los Estados a abolir el uso de la pena de muerte [1]. En esta ocasión, el GICJ reafirma su posición contra esta práctica inhumana y pide a todos los Estados que respeten sus obligaciones internacionales.

Nuestra propia vida. El bien individual más preciado. Otorgado por igual al nacer a todo ser humano, este derecho fundamental está consagrado en el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona" [2]. Por lo tanto, quitarle la vida a una persona es una de las violaciones más graves de los derechos humanos. Sin embargo, el crimen de matar personas sigue siendo cometido por los propios Estados.

Dos tercios de los Estados han abolido la pena de muerte de su legislación y práctica. La pena de muerte sigue siendo legal en 55 países, 18 de los cuales la utilizan de forma oficial y regular, empleando la decapitación, la electrocución, el ahorcamiento, la inyección letal y el fusilamiento para matar a sus condenados [3]. A pesar de las peticiones internacionales para prohibir esta práctica y de los instrumentos internacionales que apoyan su abolición, como el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el uso de esta práctica va en aumento [4]. 

GICJ está especialmente preocupado por las sentencias de muerte ilegales, arbitrarias y no denunciadas que se producen a diario bajo órdenes gubernamentales en China, Irán e Irak. Estas ejecuciones ilegales se llevan a cabo en secreto y, por lo tanto, están sujetas a muchos abusos por parte de los funcionarios gubernamentales, como advirtió el secretario general de la ONU, Antonio Guterres: "los juicios secretos, sin el debido proceso, [están] aumentando el potencial de error o abuso" [5]. Además, las sentencias de muerte en los casos en que la práctica se considera legal suelen ir acompañadas de "demasiado secretismo [...]. Aunque muchos países están renunciando a la práctica, los que la conservan sienten, sin embargo, que tienen algo que ocultar" [5].

La pena de muerte viola otros derechos humanos internacionales, como la prohibición de la tortura en el artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes" [6]. Según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, "se entenderá por el término 'tortura' todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves con el fin de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, ella o un tercero" [7]. Dado que la ejecución requiere ese dolor que lleva a la muerte de la persona, la pena capital es una forma clara de tortura, trato cruel e inhumano. 

Por último, la pena capital también debe considerarse en su contexto social. A menudo se utiliza como herramienta de opresión política, para amenazar a la población y asegurar el control de un determinado gobierno. También es objeto de una clara discriminación racial y socioeconómica. Por ejemplo, en Estados Unidos, los afrodescendientes están sobrerrepresentados en el corredor de la muerte, lo que sugiere decisiones judiciales diferenciales y la incapacidad de algunas personas para permitirse buenos y costosos abogados [8]. Por último, la irreversibilidad de la pena de muerte impide la posibilidad de revertir la condena errónea de un inocente.

Reafirmando que la pena de muerte es una de las más graves violaciones de los derechos humanos, Geneva International Center for Justice (GICJ) condena enérgicamente esta práctica. Dado que algunos Estados todavía utilizan legalmente la pena de muerte, recordamos a estos Estados su obligación internacional y les instamos a abolirla inmediatamente. Se trata de la herencia de una época pasada y no tiene nada que ver en el mundo con el derecho internacional y el respeto de los derechos humanos.

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[1] https://worldcoalition.org/campagne/19th-world-day-against-the-death-penalty/

[2] https://www.un.org/en/about-us/universal-declaration-of-human-rights

[3] https://worldcoalition.org/wp-content/uploads/2021/06/FactsFigures2021_EN_v1.0.pdf

[4] https://www.ohchr.org/sites/default/files/ccpr-death.pdf

[5] https://news.un.org/en/story/2018/10/1022732

[6] https://www.un.org/en/about-us/universal-declaration-of-human-rights

[7] https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/FactSheet4rev.1en.pdf

[8] https://deathpenaltyinfo.org/policy-issues/race

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