Por: Tristan Arlaud

Traducción por: Marc Gancedo

 

Introducción

El 30 de agosto de cada año, la comunidad internacional honra el Día Internacional de las víctimas de desapariciones forzadas. Tratándose de una cuestión global, las desapariciones forzadas son llevadas a cabo por gobiernos, normalmente en zonas conflictivas de gran expansión propagandística. Este día busca recordar que este problema no debe pasarse por alto. El sufrimiento causado por las desapariciones forzadas se ha propagado por comunidades enteras y los seres queridos de las víctimas, mientras que los responsables de estos hechos suelen no ser castigados.

 

Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (ICED)

La ICED, por sus siglas en inglés, es el tratado internacional que busca asegurar que nadie sea objeto de desapariciones forzadas y proteger a todas las víctimas de este crimen, el cual esta jurídicamente codificado como un crimen de lesa humanidad de acuerdo con el Articulo 7 (1) (i) del Estatuto Roma. Tristemente, la Convención está lejos de ser universalmente ratificada y la mayoría de los países en los que las desapariciones forzadas son más recurrentes no son parte del Estatuto.

Comité de desapariciones forzadas (CED)

Como la mayoría de los tratados internacionales de derechos humanos, un comité se establece para asegurar el respeto sobre todos los derechos humanos relativos a la Convención. El CED es un cuerpo de expertos independientes que monitorea la implementación de la Convención por los Estados parte. Asimismo, examina todos los informes estatales, registra peticiones de acciones urgentes y gestiona denuncias individuales de víctimas que han sufrido violaciones bajo la Convención. El trabajo más reciente del Comité tuvo lugar en mayo de 2021 en Suiza, Colombia y Mongolia.    

La vigesimoprimera sesión del Comité tendrá lugar entre el 13 y el 14 de septiembre de 2021. Esta sesión determinará con precisión el acontecimiento de desapariciones forzadas e involuntarias en Costa Rica, Mali y Mauritania; informes iniciales bajo el artículo 29 (1) de la Convención de Panamá y Brasil; e información adicional bajo el artículo 29 (4) de la Convención sobre Francia y España. 

 

47 período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos

El Consejo de Derechos Humanos celebra tres sesiones regulares cada año sobre temas relativos a los derechos humanos que requieren la atención de toda la comunidad internacional, al ser éste el principal órgano responsable del fomento y la protección de los derechos humanos a escala global. EL 47 período de sesiones celebrado entre el 21 de junio y el 15 de julio de 2021 sirvió para manifestar preocupaciones esenciales sobre detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas. Durante el Diálogo Interactivo sobre la Presentación Oral de la Alta Comisionada de Derechos Humanos, sobre Ucrania (res. 41/25), y el Informe Interino del Secretario General sobre la situación de derechos humanos en Crimea (AG res. 75/192), varias delegaciones y la sociedad civil hicieron comentarios respecto a las desapariciones forzadas. Por ejemplo, los conflictos en la República Autónoma de Crimea y Ucrania Oriental se han perpetuado durante siete años y las detenciones arbitrarias, así como las desapariciones forzadas son recurrentes en ese contexto.

A razón de este día, es esencial recordar a toda la comunidad internacional que estos crímenes no deben quedar impunes. Otro ejemplo relevante son los crímenes cometidos por la Federación Rusa, la cual es miembro del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Consejo de Seguridad de la ONU y el Consejo de Derechos Humanos.

 

Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (WGEID)

La labor principal del grupo de trabajo es prestar ayuda a las familias afectadas, averiguando la suerte y el paradero de los familiares desaparecidos. El grupo de trabajo sirve como canal para el establecimiento de conexiones y comunicaciones entre familiares y el gobierno concerniente. Para esto, el grupo de trabajo pretende crear las sinergias de cooperación necesarias entre gobiernos y organizaciones de derechos humanos de todo el mundo, y solicitar investigaciones respecto a asuntos en los que hay víctimas involucradas. El mandato del grupo de trabajo fue renovado por última vez en octubre de 2020 con la adopción de la resolución A/HRC/RES/45/3 que reforzó y amplió el alcance de su trabajo.

Declaración Conjunta de Expertos de Naciones Unidas

El 27 de agosto de 2021, el CED y el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias realizó una declaración conjunta por la cual se llamaba a todos los Estados a reconocer la conexión entre la desaparición forzada y los derechos económicos y socioculturales, para prevenir las desapariciones forzadas de una forma más holística.

Se señaló que las víctimas están en la mayoría de los casos marginalizadas; se mencionó que la falta de instituciones dificulta el acceso de las familias a la justicia, quienes carecen de los medios necesarios para buscar a los desaparecidos. En definitiva, se insistió que las personas bajo el umbral de pobreza son más vulnerables y están expuestas a un riesgo mayor de desapariciones forzadas. Se observaba que la desaparición forzada es normalmente utilizada como una herramienta de intimidación, represalia y castigo ilícito contra defensores de derechos humanos, incluyendo individuos que promueven derechos económicos y socioculturales.

Desde la Sociedad civil, hacemos hincapié en la necesidad de proteger a todos los defensores de derechos humanos, al igual que los derechos económicos y socioculturales de todos.

Conclusión

Actualmente, la lucha contra la impunidad de las desapariciones forzadas no ha sido ni remotamente concluida. Como se ha visto globalmente, las coaliciones políticas en regiones conflictivas con propaganda generalizada y regímenes dictatoriales parecen ser los epicentros de estos crímenes de lesa humanidad. Por esta razón, la ONU debe continuar con su labor a través del Comité, el Grupo de Trabajo y la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, para poner fin al sufrimiento de aquellos injustamente encarcelados, así como de sus familias, comunidades y naciones enteras.

Con motivo del Día Internacional de las víctimas de desapariciones forzadas, Geneva International Centre for Justice hace un llamamiento a todos los Estados que no han ratificado la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (ICED), para condenar las desapariciones forzadas y responsabilizar a los perpetradores de estos crímenes. Al tratarse de crímenes cometidos por gobiernos, la comunidad internacional tiene el deber de asegurar que aquellos Estados parte del Consejo de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y otros mecanismos de derechos humanos rindan cuentas.

Esta organización recuerda a las partes interesadas sobre la importancia de notificar estos crímenes a las principales organizaciones creadas para combatir la impunidad y asegurar que se haga justicia. A través de este proceso, se podrá asegurar mecanismos efectivos de rendición de cuentas, investigaciones criminales y la erradicación de las desapariciones involuntarias y forzadas. 

Read in English 

 

Justice, Human rights, Geneva, geneva4justice, GICJ, Geneva International Centre For Justice

 

GICJ Newsletter